La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dirigido un escrito a empresas que realicen transferencias internacionales de datos, y en concreto se les requiere “para que, a la mayor brevedad, y en todo caso antes del 29 de enero de 2016, informe al Registro General de Protección de Datos sobre la continuidad de las transferencias y, en su caso, sobre su adecuación a la normativa de protección de datos”.